Asistencia al detenido en Madrid

Asistencia al detenido en Madrid

En nuestro Despacho de Madrid contamos con un importante servicio: la asistencia al detenido en comisaría o en el Juzgado de Guardia en el que permanezca detenido. Si quiere saber más sobre esta cuestión, le invitamos a seguir leyendo.

Todas las personas, desde el momento en que se produce su detención, cuentan con una serie de derechos legales. Esto tiene sentido, ya que aunque aún no se haya producido un juicio propiamente dicho, la persona detenida debe poder estar informada y defenderse ante situaciones arbitrarias. Concretamente, la Ley de Enjuiciamiento Criminal, en su artículo 520, establece que toda persona detenida o presa será informada por escrito, en un lenguaje sencillo y accesible, en una lengua que comprenda y de forma inmediata, de los hechos que se le atribuyan y las razones motivadoras de su privación de libertad, así como de los derechos que le asisten y especialmente de los siguientes:

  • Derecho a guardar silencio no declarando si no quiere, a no contestar alguna o algunas de las preguntas que le formulen, o a manifestar que sólo declarará ante el juez.
  • Derecho a no declarar contra sí mismo y a no confesarse culpable.
  • Derecho a designar abogado (...).
  • Derecho a acceder a los elementos de las actuaciones que sean esenciales para impugnar la legalidad de la detención o privación de libertad.
  • Derecho a que se ponga en conocimiento del familiar o persona que desee, sin demora injustificada, su privación de libertad y el lugar de custodia en que se halle en cada momento (...).
  • Derecho a comunicarse telefónicamente, sin demora injustificada, con un tercero de su elección (...).
  • Derecho a ser visitado por las autoridades consulares de su país, a comunicarse y a mantener correspondencia con ellas.
  • Derecho a ser asistido gratuitamente por un intérprete, cuando se trate de extranjero que no comprenda o no hable el castellano o la lengua oficial de la actuación de que se trate, o de personas sordas o con discapacidad auditiva, así como de otras personas con dificultades del lenguaje.
  • Derecho a ser reconocido por el médico forense o su sustituto legal y, en su defecto, por el de la institución en que se encuentre, o por cualquier otro dependiente del Estado o de otras Administraciones Públicas.
  • Derecho a solicitar asistencia jurídica gratuita, procedimiento para hacerlo y condiciones para obtenerla.

Asistencia letrada al detenido

De forma paralela queremos informarle de que existe una Ley específica para los casos de detenciones ilegales. Se trata de Ley Orgánica 6/1984, de 24 de mayo, reguladora del procedimiento de Habeas Corpus. Esta Ley permite solicitar la presencia de un Juez en un plazo bastante rápido de tiempo, a fin de que determine si la persona detenida debe continuar en dicha situación o si debe quedar en libertad. Se utiliza en casos en los que se considera que se ha producido una detención ilegal. Si bien los Cuerpos de Seguridad (policía) realizan su labor con eficacia, evidentemente también puede haber casos en los que cometan errores. En estas situaciones, como decimos, queda el derecho a iniciar un procedimiento de Habeas Corpus, de forma que se podrá obtener la inmediata puesta a disposición de la Autoridad judicial competente, de cualquier persona detenida ilegalmente. Recomendamos que este procedimiento se realice con la asistencia de un abogado, ya que tendrá experiencia y conocimientos de la materia y podrá ayudarnos adecuadamente.

Nuestro equipo de Madrid hará todo lo posible por proteger sus derechos y asegurarse de que se cumplen las condiciones antes citadas. Por eso, si usted o alguna persona cercana se encuentra detenida, le aconsejamos que se ponga en contacto lo antes posible con nosotros. Acudiremos a la comisaría o Juzgado de Guardia en el que se encuentre y realizaremos todas las diligencias pertinentes, además de resolver cualquier duda que tenga. Por todo ello, si desea ponerse en contacto con nosotros, puede llamarnos por teléfono o dejarnos sus datos a través de nuestra web. Una vez hayamos recibido su solicitud, nos pondremos en contacto con usted lo antes posible y acudiremos al lugar físico en el que se encuentre la persona detenida, orientándola durante el resto del procedimiento. Gracias a los años de experiencia que acumulamos en el sector, hemos ayudado satisfactoriamente a muchos clientes que han acudido a nosotros. Usted también puede beneficiarse de nuestros servicios en cualquier momento que le sea necesario.

Servicios de asistencia al detenido

Puedes contactar con nosotros para recibir la mejor asistencia al detenido de todo Madrid.